EL FACTORING
Dentro de las herramientas del control de cuentas a cobrar, el factoring es una de las vías para adelantar el mecanismo de cobro en la empresa sin tener que optar por fórmulas como el descuento comercial. El factoring como tal es un servicio financiero que tiene varias particularidades importantes; tanto en el mecanismo de anticipo de crédito como en las hipotéticas consecuencias de impago que se pueden generar en este producto.
El factoring: definición y funcionamiento
El factoring es una operación de cesión del crédito a cobrar por la empresa a favor de una entidad financiera normalmente. Los créditos que son parte de cesión, están instrumentados en operaciones corrientes de la empresa, normalmente del flujo de venta de sus productos o servicios a terceros. En el caso de ventas a plazo, se genera un crédito a favor de la empresa apoyado en la operación comercial que es susceptible de ser transferido a un tercero. El factoring como tal presenta una serie de servicios, que pueden ser los siguientes:
- Asumir el riesgo crediticio, que se denomina factoring sin recurso. En este caso, si el cedido (empresa que tiene que pagar al cedente) incurre en impago, el riesgo de la operación lo asume la entidad financiera.
- Asumir el riesgo de cambio, si la factura es en moneda extranjera.
- Realizar la gestión de cobro y no hacerse cargo del riesgo de impago; que se conoce como factoring con recurso. En este caso, si el cedente impaga la operación, el cedente es quién corre con el agujero patrimonial.
- Realizar el cobro efectivo del crédito
- Asesoramiento financiero y comercial de los deudores.
La operación usual de factoring contempla el anticipo parcial o total del crédito cedido a la entidad financiera y salvo deudores de primera calidad y con muy buena calificación crediticia, las entidades financieras realizan factoring con recurso, factoring que no recoge el riesgo de impago en la entidad financiera.
El coste del factoring
El proceso que hemos descrito de factoring tiene un coste financiero importante, dado que las entidades financieras suelen aplicar una comisión por cada operación; comisión que puede llegar a suponer el 3% del nominal de crédito cedido, suelen aplicar un tipo de interés por el anticipo de los créditos y pueden repercutir en simultáneo el coste de otros servicios asociados, como puede ser un seguro de tipo de cambio o un informe comercial previo de la empresa con la que vamos a trabajar.
A efectos de la pyme, el factoring sólo se suele aceptar por parte de las entidades financieras en los casos en que estas pequeñas empresas trabajan con grandes empresas, por ejemplo con alguna de las empresas cotizadas y se han formalizado plazos de pago muy dilatados.
En el caso de que se formalice dicha operación de factoring, la entidad financiera que adquiere los derechos del crédito; que se denomina factor, paga a la empresa cedente en el momento de hacerse cargo de la operación de cobro y también se encargará de cobrarle al cliente a la fecha de vencimiento del crédito comercial.
Ventajas e inconvenientes del factoring
Dentro del grupo de ventajas que puede presentar el factoring, tenemos que mirar más allá del propio anticipo de crédito dado que sus ventajas reales se encuentran en el resto de servicios asociados. Fundamentalmente, tenemos el soporte que nos da la entidad financiera en la clasificación del crédito del cliente y la externalización de las labores administrativas de cobro.
Tener una información precisa sobre la solvencia de un cliente al que le estamos vendiendo a crédito, es fundamental hoy día, dado que no basta con vender mucho, sino cobrar absolutamente todo lo que se vende. Respecto a las tareas externalizadoras de cobro, depende mucho del volumen de gestiones a realizar en cada una de nuestras facturas y en la fluidez comercial que tengamos entre nuestros clientes; sin olvidar claro, que el factoring sin recurso que traspasa todo el riesgo de la operación es idóneo para garantizar una morosidad muy baja en la empresa.
Dentro de los inconvenientes del factoring nos encontramos con el alto coste financiero que puede presentar la operación comparando con otros métodos para la financiación del circulante, la negativa por parte de la entidad financiera a anticipar determinados créditos de algunos clientes y el bloqueo contractual que puede imponer nuestro cliente a la cesión de créditos; punto muy usual en algunos contratos mercantiles.
TIPOS DE FACTORING
- En el factoring con notificación, el cedente y/o el factor comunicarán formalmente a los deudores implicados que se ha cedido su crédito.
- No es necesario ningún consentimiento por parte de estos, basta con que se les notifique el traspaso de las facturas que les afectan.
- Desde ese momento, quedan obligados ante el nuevo acreedor: la compañía financiera, y solo será válido el pago ante ellos.
- En este caso, los deudores no son notificados de la cesión de crédito. Al no tener conocimiento pagarán en su momento a la empresa que les ha facturado.
- Si el cedente cobra directamente sus facturas queda obligado frente al factor a entregar el dinero correspondiente al crédito anticipado.
- En el factoring sin notificación lo que se contrata realmente es un servicio de financiación.
- Con la cláusula “sin recurso”, la compañía financiera asume el riesgo de cualquier retraso o impago por parte del deudor.
- Esta condición libera al cedente de cualquier responsabilidad y el anticipo que recibe queda protegido. Esta fórmula es un salvavidas frente a la morosidad, impago, insolvencia o quiebra de algún cliente.
- Cabe resaltar, que en el factoring sin recurso la financiera no cubre el impago si queda demostrado que se debe a discrepancias comerciales con la factura (por ejemplo, la no conformidad de la mercancía o el incumplimiento de otras obligaciones).
- En el factoring con recurso, la empresa que cede el crédito responde por sus clientes.
- El factor, llegado el vencimiento, reclamará el cobro en las condiciones y límites que se hayan pactado. Si no consigue cobrar, podrá exigir al cedente el importe que le haya anticipado de las facturas no cobradas, más los intereses.